Abogados GRAÍÑO LEGAL - sedes en Asturias, Madrid y Sevilla

JUL 2022: EL FIN DE LA MORATORIA CONCURSAL Y EL DESASTRE QUE SE NOS AVECINA

Como es sabido, entre las medidas adoptadas por el Ejecutivo para tratar de paliar los efectos derivados de la crisis económica provocada por la COVID-19, se encontraba la denominada “Moratoria Concursal” que consistía en la dispensa temporal de la obligación de declararse en concurso para las empresas que se encontraban en situación de insolvencia (dotando al concurso de acreedores de un halo de negatividad que rechazamos profundamente), así como la inadmisión de las solicitudes de concurso necesario instadas por acreedores.

Con esta medida supuestamente se perseguía una doble finalidad: i) evitar que empresas viables se vieran obligadas a solicitar el concurso debido a circunstancias excepcionales, dotándolas de un margen de tiempo para que pudieran restablecer su equilibrio patrimonial; y ii) evitar el colapso del sistema judicial ante la previsible avalancha de concursos que habrían tenido que instarse (dando una patada al balón hacia adelante).

Pues bien, este 30 de junio de 2022, tras más de dos años de prórrogas, ha finalizado la Moratoria Concursal, resucitando la obligación de las empresas que se encuentren en situación de insolvencia de solicitar su concurso de acreedores.

A este respecto, muchos medios advierten de que se avecina una avalancha de concursos que colapsarán los Juzgados, motivada por esa parálisis o moratoria, que lo único que ha conseguido es que se acumulen los concursos que debían haberse presentado desde hace dos años, con los que procedan ahora. Y así será.

Pero es que además, ni los más pesimistas contaban con la actual crisis energética y la inflación desbocada, que se produce en un momento en el que finalizan los periodos de carencia de los préstamos ICO COVID, por lo que muchas empresas deberán comenzar la devolución del principal de los préstamos en este contexto terriblemente adverso.

Por seguir con las malas noticias en la materia, nos encontramos con la próxima entrada en vigor del nuevo Proyecto de Reforma de la Ley Concursal, que entre sus principales problemas es que se ha confeccionado sin el debido análisis y consenso que debe presidir una revisión legal tan profunda (p.e. el trámite de participación pública se produjo en un breve plazo de agosto de 2021, periodo que es habitualmente vacacional en el ámbito judicial), obviando el importante efecto que tienen las modificaciones propuestas sobre los operadores jurídicos, Jueces, Juzgados, empresas y que afectan a la economía en general. A modo de ejemplo, téngase en cuenta que se han presentado nada menos que 607 enmiendas sobre el mismo.

Podría seguir, pero no es necesario en este contexto. Solo decir que si una persona está enferma y es tratada a tiempo en un Hospital con los medios adecuados, seguro que las probabilidades de curación son más elevadas. ¿Por qué si el enfermo es la empresa no es de aplicación el mismo criterio de puro sentido común?

A modo de conclusión, bajo nuestro criterio, la dilación sin medida de la Moratoria Concursal, las negativas perspectivas económicas, acompañadas de esta nueva legislación, que aunque lo pretende, no simplificará la tramitación de los procedimientos concursales, serán la tormenta perfecta que causará el colapso judicial.

Dotemos a los Juzgados de los medios necesarios, y permitamos a las empresas viables que se recuperen en sus hospitales mediante Planes de Reestructuración, Convenios o ventas de Unidades Productivas viables, para que puedan seguir en el mercado con más fuerza si cabe.

Nuestra Sede principal está en el centro de Oviedo y contamos con oficinas en Sevilla y en Madrid, y delegación en Marbella.