COMUNICADO INFORMATIVO
¿Queréis saber los incentivos fiscales que ofrece Portugal a inversores y pensionistas comunitarios? Ahora que en España estamos permanentemente preocupados con nuestra carga impositiva, no está de más conocer como se comporta nuestra país vecino en esta materia. Para ello, hemos recurrido a nuestros socios de Portugal (Despacho Saraiva Lima e Associados – Sociedade de Advogados, SP, RL), para saber de primera mano el régimen fiscal de Portugal para el Residente No Habitual (RNH).
Régimen fiscal de “Residente no Habitual” en Portugal
Portugal, al igual que España o Francia, creó en la última década un régimen fiscal muy atractivo en sede de IRPF para los residentes no habituales(RNH), con el objetivo de captar inversión extrajera y atraer para Portugal profesionales no residentes que sean trabajadores cualificados en actividades de alto valor “acrescentado” (añadido), de carácter científico, artístico o técnico, así como para inversores con elevados rendimientos y beneficiarios de pensiones, (jubilados), con pensiones obtenidas en el extranjero.
Este régimen aprobado por el Decreto-Ley n.º 249/2009, consiste en tributar de forma menos gravosa los rendimientos de trabajo de estos colectivos, existiendo la posibilidad de una exención de tributación cuando esos rendimientos provengan del extranjero.
Los contribuyentes que adquieran este estatuto de residente no habitual serán tributados como tal por un período de 10 años consecutivos, improrrogables.
Para beneficiarse de este régimen es necesario cumplir una serie de condiciones:
- No haber sido residente fiscal en Portugal en los últimos cinco años.
- Haber permanecido en Portugal por un tiempo de más de 183 días, seguidos o intercalados, dentro del mismo año.
- Solicitar la inscripción como RNH en las Finanças, cuando se inscribe como residente fiscal en Portugal, o hasta el 31 de marzo del año siguiente en que se inscribió como residente fiscal.
En términos de rendimientos la tributación aplicada es diferente, dependiendo dónde sean obtenidas esas fuentes de rendimientos, Portugal o en el extranjero.
Cuando los rendimientos de trabajo sean obtenidos en Portugal, bien sean trabajadores dependientes o independientes, cualificados en actividades de alto valor acrescentado, con carácter científico, artístico o técnico, serán tributados a la tasa especial del 20%, al igual que inversores con elevados rendimientos, administradores y cuadros superiores de empresas.
En el caso de rendimientos provenientes de fuentes extranjeras, (dividendos, plusvalías pensiones y otros rendimientos de capital), estarán exentos de tributación en Portugal.
Este régimen fiscal RNH, unidos al desaparecido Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, entre cónyuges, ascendientes y descendientes, hace de Portugal un país con unas condiciones fiscales muy interesantes para inversores y pensionistas comunitarios.